Veredicto de 117 millones de dólares para una embarazada víctima de un accidente de ambulancia en Luisiana

Un conductor de ambulancia poco atento en Luisiana provocó un accidente de tráfico que tuvo consecuencias devastadoras para sus pasajeros. Una joven embarazada estaba siendo trasladada a un hospital de Lafayette tras sufrir dolores relacionados con el embarazo. El conductor de la ambulancia admite que apartó la vista de la carretera para recoger un objeto que se le había caído al suelo, lo que provocó que la ambulancia chocara contra un camión de caña de azúcar. La madre acabó en coma durante tres meses y su bebé nació por cesárea de urgencia. A consecuencia de las heridas del accidente, la joven está ahora confinada a una silla de ruedas con graves lesiones. Su bebé sobrevivió, pero también sufre lesiones relacionadas con el accidente. Durante un juicio contra la empresa de ambulancias, el conductor admite que apartó los ojos de la carretera y el jurado concedió a la madre 117 millones de dólares. Además del recién nacido, la joven tiene otros dos hijos menores de cuatro años. La conducción distraída, aunque sólo sea apartar la vista de la carretera durante unos segundos, es una de las principales causas de accidentes de tráfico en Estados Unidos. La conducción bajo los efectos del alcohol o el cansancio ocupa el segundo lugar. Las distracciones incluyen actividades como:

  • Mensajes de texto
  • Hablar por el móvil
  • Discutir con un pasajero
  • Comer
  • Aplicación del maquillaje

Un coche que circule a sesenta millas por hora necesita un mínimo de cuatro longitudes de coche para no chocar contra nada si se ve obligado a frenar de repente. El tiempo necesario para detenerse es de cinco a siete segundos. Cuando un conductor está distraído o no presta atención a su conducción, la falta de tiempo suficiente para detenerse tiene efectos devastadores. Fuente: The Town Talk, "Unjurado concede 117 millones de dólares a una mujer embarazada de Luisiana herida en un accidente de ambulancia", 3 de agosto de 2012.